Es la parte legal de la
boda, puede que no sea tan importante para muchos
pero imprescindible para la sociedad, claro
desde lo legal como bien hemos dicho en un principio.
Y por supuesto hay que cumplir ciertos requisitos
y seguir algunos trámites.
En primer lugar los novios deberán ser
solteros para las leyes argentinas ( o viudos
o divorciados) y mayores de edad.
Por otra parte el matrimonio debe realizarse
en el registro civil que corresponda a la ciudad
( domicilio) que figure en uno de los documentos
de los novios. La antigüedad del domicilio
no debe ser menor a treinta días.
Elegido el lugar se solicita turno (llevar documento),
en ese momento se les entregara a los contrayentes
el expediente matrimonial ( debe ser completado
con los datos filia torios y legales de los
novios), un formulario para los análisis
prenupciales
( una serie de análisis clínicos
para saber físicamente como están
los novios), estos deben realizarse en un hospital
público, siete días antes de la
boda. Tres días antes, uno de los contrayentes
deberá presentarse con los resultados
de los análisis, el expediente matrimonial,
las partidas de nacimiento actualizadas y los
documentos de los novios y testigos, los cuales
deben ser mayores de edad y argentinos, pueden
ser uno o más por cada contrayente.
Si los contrayentes son menores de veintiún
años, deberán presentar las partidas
de nacimiento original con sus fotocopias y
los documentos de los padres.
Si algún o ambos son viudos, presentar
partida de defunción original con sus
fotocopia y libreta o acta de matrimonio original
con su fotocopia.
Si alguno o ambos es divorciado, llevar el acta
de matrimonio con el divorcio vincular asentado
original y fotocopia.
En caso de alguno de los dos por enfermedad
no pudiera concurrir al registro civil correspondiente,
podrá realizarse en el domicilio del
impedido, ante cuatro testigos, con examen prenupcial,
y mediante un certificado médico se le
adjudicará la imposibilidad de ambular. |
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